Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.
Article 52
In force · version of Jul 28, 2026
Art. 52.
1. La incorporación al Tribunal Constitucional de funcionarios de carrera y de personal en régimen laboral se realizará mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de concurso, concurso-oposición o libre designación, y por nombramiento libre la de los funcionarios eventuales.
2. En los casos establecidos en este Reglamento podrá también incorporarse personal en régimen de adscripción temporal.
Se modifica por el art. 1.19 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2002. Ref. BOE-A-2002-25041.
Se modifica el apartado 1 por el art. único.12 del Acuerdo de 5 de octubre de 1994. Ref. BOE-A-1994-23074.