Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Article 182
In force · version of Jan 1, 2025
Artículo 182. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios administrativos inherentes a:
a) El otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
b) La autorización de la transmisión, arrendamiento o cualquier otro negocio jurídico que tenga por objeto la licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
Se modifica por el art. 39.1 de la Ley 10/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3293
Se añade por el art. 38.1 de la Ley 8/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1203