Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Article 64
In force · version of Jan 1, 2025
Articulo 64. Responsables de la percepción de las tasas.
Serán responsables subsidiarios, en los supuestos y con el alcance previsto en el artículo 40 de la Ley General Tributaria, los Administradores de sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general que se dediquen a las actividades cuya inspección y control genera el devengo de las tasas.
Se modifica por el art. 8.6 de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-3764.