Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Article 186
In force · version of Dec 23, 2022
Artículo 186. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten los permisos a que se refiere su hecho imponible.
Se modifica por el art. 6.10 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514.