Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Article 248
In force · version of Dec 23, 2022
Artículo 248. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de actividades administrativas relativas a la comprobación y emisión de informes previos al otorgamiento de autorizaciones de instalación, modificación, funcionamiento y su renovación de servicios de farmacia y depósitos de medicamentos.
Se modifica por el art. 6.12.1 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514.
Se modifica por el art. 5.5.1 de la Ley 13/2002, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-4507.