Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Article 71
In force · version of Dec 23, 2022
Artículo 71. Autoliquidación.
La tasa se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento en que éstos formulen su solicitud.