Instrumento de adhesión al Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, hecho en Ciudad del Cabo el 16 de noviembre de 2001.
Article XXVIII
In force · version of Mar 1, 2016
Artículo XXVIII. Entrada en vigor.
1. El presente Protocolo entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un período de tres meses posterior a la fecha de depósito del octavo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, entre los Estados que han depositado tales instrumentos.
2. Para los demás Estados, el presente Protocolo entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la expiración de un período de tres meses posterior a la fecha de depósito de sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.