Decreto Legislativo 4/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Article 36
In force · version of Oct 14, 2023
Artículo 36.
Reglamentariamente, a propuesta del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, se determinará el régimen, creación y cobertura de las plazas de administradores, que se realizará entre funcionarios pertenecientes a los cuerpos y escalas docentes. Las convocatorias para estas plazas contendrán la previsión de cursos de capacitación específicos para el ejercicio de las funciones de administración de los centros.