Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
Article 13Movilidad interna y/o cobertura de vacantes entre empresas del Grupo de empresas de Acciona Energía
La movilidad interna es el sistema de acceso mediante selección a los puestos de nueva creación o vacantes, para que, de forma libre y voluntaria, el personal en plantilla pueda optar a dichos puestos. El Grupo de empresas de Acciona Energía analizará en cada una de las empresas que lo integran las necesidades organizativas, técnicas y de producción y el potencial del equipo humano para adoptar las decisiones que procedan para una gestión dinámica de la plantilla. Las partes consideran la movilidad interna de las personas trabajadoras entre las distintas empresas integrantes del Grupo como un instrumento de garantía de empleo y de ocupación efectiva y también como de posible desarrollo profesional de aquéllas. Se trata de cubrir puestos con el propio personal de la Empresa de forma prioritaria, antes de recurrir a la selección externa, como una forma de desarrollo, retención y motivación de sus profesionales. Como criterio general, y dado que la movilidad interna es un beneficio para el desarrollo de las personas empleadas, todas las vacantes publicadas externamente, deberán ser publicadas previamente dentro de la Empresa. Las personas trabajadoras que opten a los puestos de Movilidad Interna deberán: i. Cumplir los requisitos y perfil exigido para el puesto. ii. Llevar, al menos, 2 años en el puesto actual de trabajo con las siguientes consideraciones: – En el caso de estar asignadas a Obras o Proyectos en curso, asegurar, además, que no se pone en riesgo la consecución de objetivos de negocio debido al proceso de movilidad. – La Empresa determinará el plazo para realizar una transición ordenada entre la persona que se dirige al puesto de destino y la persona que llega para cubrir la vacante dejada o el puesto de nueva creación. La Empresa informará a la Comisión de secciones sindicales, con carácter previo, de las vacantes publicadas. La publicación se efectuará a través de la intranet corporativa para conocimiento de todas las personas interesadas y por el plazo que la Empresa determine a nivel general. En igualdad de condiciones y de cumplimiento del perfil del puesto, tendrán siempre preferencia los/as candidatos/as internos/as. Dado que la persona candidata accede a las vacantes internas de forma libre y voluntaria, opta y se adhiere en su totalidad a las condiciones laborales del puesto de destino. Esta adhesión deberá quedar reflejada por escrito. En el momento en que se agote este proceso de movilidad interna sin haber personas candidatas que cumplan el perfil requerido, se tendrán en cuenta las provenientes de selección externa. Una vez publicada internamente y en función de las características de la vacante, se lanzará un proceso de búsqueda externa, con el fin de responder lo antes posible a las necesidades del negocio. En el proceso de selección se tendrán en cuenta las políticas desarrolladas en materia de igualdad.