Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
Article 37Igualdad
La igualdad de oportunidades es uno de los principios rectores en la gestión de recursos humanos. La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOIMH) supone un importante reto de garantizar, aplicar y desarrollar los derechos y medidas que dicha ley recoge. A dicha Ley Orgánica le han seguido, en esa misma línea, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. El Plan de Igualdad se enmarca en un modelo innovador de política social, que representa un papel fundamental en la continuidad del crecimiento sostenible del Grupo de Empresas de Acciona Energía. Perseguimos posicionarnos como un referente, avanzando gradualmente en la implantación de una cultura empresarial en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, aún conscientes de las dificultades que conlleva su gestión en un entorno empresarial multisectorial y multiactividad como el nuestro, con unas realidades y escenarios muy diferentes. El grupo de empresas de Acciona Energía a excepción de EROM ha negociado y elaborado el II Plan de igualdad con las secciones sindicales constituidas en el ámbito del mismo, legitimadas para negociar el convenio colectivo. Dicho Plan se suscribió en fecha 5 de julio de 2022 y se ha registrado con fecha 7 de noviembre de 2022, finalizando su vigencia el 5 de julio de 2026.