Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
Article 9Inaplicación del convenio
Las partes entienden que, de darse las circunstancias necesarias para tener que modificar el contenido del presente convenio, se abrirá el oportuno proceso negociador a ese fin y, de no alcanzar acuerdo entre las partes, se acudirá al procedimiento de mediación establecido en los Acuerdos vigentes sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (ASAC), evitando actuaciones unilaterales.
Organización del trabajo y sistema de clasificación profesional