Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda de modificación y segunda prórroga del Convenio con la Universidad de A Coruña, para la gestión, apoyo técnico y capacitación en el ámbito de la planificación del saneamiento y drenaje sostenible en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Annex UNICO
Adenda de modificación y segunda prórroga del Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Universidade da Coruña, para la gestión, apoyo técnico y capacitación en el ámbito de la planificación del saneamiento y drenaje sostenible en el Estado Plurinacional de Bolivia
REUNIDOS
De una parte, don Antón Leis García, en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con domicilio en avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 29 de julio de 2021 (BOE núm. 185, de 4 de agosto), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio, páginas 65217 a 65219). Y de otra, don Ricardo José Cao Abad, Rector Magnífico de la Universidade da Coruña (en adelante UDC), según acuerdo de nombramiento del Decreto 1/2024, de 11 de enero, de la Xunta de Galicia (DOG n.º 10, de 15 de enero de 2024), con domicilio social en Rúa da Maestranza 9, 15001 A Coruña, en el uso de las atribuciones que le confiere el artículo 36.1.f) de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo, de la Xunta de Galicia (DOG de 26 de mayo de 2004), y modificados por el Decreto 194/2007 de 11 de octubre (DOG de 11 de octubre de 2007). Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación para suscribir la presente adenda modificativa y acuerdo de prórroga de convenio y, a tal efecto,
EXPONEN