Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Remar Valencia, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
Annex UNICO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Asociación Remar Valencia, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad En Madrid, a 9 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Luis Ortiz González, Secretario General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de junio, actuando por delegación de competencias del Ministro del Interior, según lo previsto en el apartado noveno, subapartado 2.6 de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid. Y de otra parte, don Ramón Ruiz González, en nombre y representación de la Asociación Remar Valencia (en adelante la Asociación), como Presidente, elegido por la Asamblea de fecha 31 de julio de 2020 y facultado para este acto en virtud de las atribuciones que tiene conferidas como Presidente según los Estatutos de la Asociación en su artículo 25. Facultado para este acto mediante poder otorgado en Madrid ante el Notario José Manuel Fernández Antolín. Inscrita en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana con número 4238, sección primera del Registro Provincial de Valencia, y con domicilio a los efectos del presente convenio en calle Santa María 8, bajo 43186, L´Eliana (Valencia). Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN