Instrumento de adhesión al Convenio Internacional de Hong Kong para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, 2009, hecho en Hong Kong el quince de mayo de dos mil nueve.
Article 13Cooperación y asistencia técnica
1. Las Partes se comprometen, directamente o a través de la Organización y otros órganos internacionales, según proceda, con respecto al reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, a proporcionar apoyo a las Partes que soliciten asistencia técnica:
.1 para formar personal; .2 para garantizar la disponibilidad de las tecnologías, equipos e instalaciones pertinentes; .3 para iniciar programas conjuntos de investigación y desarrollo; y .4 para emprender otras medidas dirigidas a la implantación efectiva del presente Convenio y de las directrices elaboradas por la Organización en relación con él.
2. Las Partes se comprometen a cooperar activamente, de conformidad con su legislación, reglamentos y políticas nacionales, en la transferencia de tecnología y sistemas de gestión con respecto al reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques.