Resolución de 19 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Leganés y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) a través del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Leganés (Madrid) y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE núm. 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE núm. 246 de 14 de octubre de 2005), y a los efectos del presente convenio también en representación del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Leganés (Madrid), creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden Ministerial de 13 de noviembre de 1984. De otra parte, don Fernando Enrique García Muiña, Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC), con CIF Q2803011B y domicilio en c/ Tulipán s/n, 28933 Móstoles (Madrid), en su nombre y representación, según resolución de nombramiento de 23 de enero de 2023 y con competencia para firmar convenios según resolución de fecha 13 de enero de 2023 de delegación de competencias del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos. Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prórroga y al efecto,
EXPONEN