Resolución de 19 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca y la Universitat Internacional Valenciana, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca, y la Universitat Internacional Valenciana (VIU), para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre (BOE número 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE número 246 de 14 de octubre de 2005), y a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga también en representación del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias de Salamanca, creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden de TAS/3775/2007, de 19 de diciembre. De otra parte, doña Eva María Giner Larza, Rectora Magnífica de la Universitat Internacional Valenciana (VIU), con CIF B-98.585.797 y con domicilio en calle Pintor Sorolla, 21, 46002 Valencia, actuando en su nombre y representación, según acuerdo del Consejo de Administración de la Universidad del 18 de diciembre de 2017 y según escritura de poder otorgada ante Notario de Barcelona el 20 de diciembre de 2017 con protocolo n.º 3.332. Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prorroga y al efecto,
EXPONEN