Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ediservicios Madrid 2000, SL.
Article 10Compensación y absorción
Las condiciones pactadas en el presente convenio serán absorbibles y quedarán compensadas cuando los salarios que realmente perciba el trabajador/a, considerados en su conjunto y cómputo anual, y demás condiciones que disfrute el trabajador/a, sean más favorables que los fijados en el presente convenio.