Resolución de 9 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral de Madrid y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral (Ceadac) de Madrid y la Universidad de Castilla-La Mancha para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE núm. 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE núm. 246, de 14 de octubre de 2005), y a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga también en representación del Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden TAS/55/2002, de 8 de enero. De otra parte, doña Ángela González Moreno, Vicerrectora de Innovación, Empleo y Emprendimiento de la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante UCLM), con domicilio en calle Altagracia n.º 50, C.P. 13071 Ciudad Real, en su nombre y representación de conformidad con la Resolución de nombramiento de fecha 23 de diciembre de 2020 y con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 14 de abril de 2023, por el que se delega la competencia de aprobación de los convenios de colaboración y cooperación académica y de investigación a los órganos estatutarios establecidos en la Resolución de 23 de diciembre de 2020 (DOCM de 5 de enero de 2021). Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prorroga y al efecto,
EXPONEN