Resolución de 9 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a través del Centro de Referencia Estatal para Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre (BOE n.º 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE n.º 246 de 14 de octubre de 2005), y a los efectos del presente convenio también en representación del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos, creado bajo la dependencia orgánica y funcional del IMSERSO por la Orden SAS/2007/2009, de 20 de julio. De otra parte, doña María Cristina de la Rosa Cubo, Vicerrectora de Estudiantes y de Empleabilidad de la Universidad de Valladolid, con CIF Q4718001C y domicilio en Valladolid, plaza de Santa Cruz n.º 8, en su nombre y representación, en calidad de Vicerrectora de Estudiantes y de Empleabilidad según nombramiento de fecha 27 de abril de 2022, y según Resolución de 9 de mayo de 2022 del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias del propio Rector en diversos órganos unipersonales de esta Universidad, y se adoptan otras medidas organizativas (BOCyL núm. 94, de 18 de mayo). Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prórroga y, al efecto,
EXPONEN