Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Mahou, SA.
Article 37Formación
La Empresa desarrollará la política de formación y promoción adecuada, en orden a la mejora del nivel cultural y profesional de sus empleados/as, según las necesidades y organizativas que se den en cada momento, procurando completar la Formación Profesional de sus trabajadores/as mediante los correspondientes cursos teóricos y prácticos organizados por la misma y de acuerdo con sus necesidades. La Empresa fomentará y desarrollará la formación de sus trabajadores/as basándose, en la medida de lo posible en la Ley de Financiación de Formación Continua. Asimismo, se constituirá una Comisión Paritaria de Formación cuyos miembros serán designados por y entre los representantes de los Trabajadores/as de los centros de Mahou, SA, y de la Empresa, para la información y seguimiento de los Planes de Formación al objeto de tratar asuntos, comunes a todos ellos. Esta Comisión propondrá programas específicos que faciliten el desarrollo profesional en función de los objetivos de la Empresa y de los intereses de formación de todas las personas trabajadoras, y se reunirá de cara a realizar un seguimiento de los planes formativos de Mahou, SA. Toda acción formativa obligatoria se llevará a cabo dentro de la jornada de trabajo, estableciendo una compensación en descanso equivalente cuando se realice fuera de la jornada. Cuando se imparta la formación fuera de la jornada laboral, correrán a cargo de la Empresa los costes complementarios a la formación si procede (por ejemplo, transporte y comida). La empresa desarrollara la formación necesaria para que todos los puestos que no sean amortizables se cubran con plantilla fija. Asimismo, para las nuevas necesidades que surjan en cualquier momento, la Empresa aprovechara los conocimientos existentes entre sus trabajadores, antes de proceder a su cobertura con personal externo. Para las nuevas necesidades que surjan en cualquier departamento, la Empresa aprovechará los conocimientos existentes entre sus trabajadores/as, antes de proceder a su cobertura con personal externo. En caso de movilidad funcional, la empresa facilitará la formación adecuada para el puesto. Cualquier trabajador podrá presentarse a cualquier vacante con independencia de su Grupo y nivel profesional.
Salud laboral