Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Mahou, SA.
Article 46Reclamaciones del personal
Cualquier reclamación o queja del personal deberá ser planteada, en primera instancia, ante su inmediato superior. Si la misma no fuera atendida, podrá acudir a la Dirección de Personas y Organización. Asimismo, la persona trabajadora podrá plantear su reclamación a través del Comité de Empresa.
Garantía de empleo