Resolución de 9 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, a través del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE núm. 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE núm. 246, de 14 de octubre de 2005), y a los efectos del presente convenio también en representación del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos, creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden SAS/2007/2009, de 20 de julio. De otra parte, don Gonzalo Salazar Mardones, Vicerrector de Relaciones con la Empresa y Resiliencia de la Universidad de Burgos, con CIF Q0968272E y domicilio en calle Hospital del Rey, s/n, 09001 Burgos, en su nombre y representación, según resolución de nombramiento de 20 de enero de 2021 y resolución de 27 de enero de 2021 del Rector de la Universidad de Burgos, que resuelve la delegación de firma del Rector Magnífico en los Convenios de Colaboración de los Programas de Cooperación Educativa para la realización de prácticas externas. Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que representan:
EXPONEN