Resolución de 15 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Guadalajara y la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Guadalajara y la Universidad de Alcalá para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE n.º 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE n.º 246 de 14 de octubre de 2005), y a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga también en representación del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Guadalajara, creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden Ministerial de 13 de noviembre de 1984. De otra parte, doña Eva Senra Díaz, Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Alcalá (UAH), con CIF Q2818018J y domicilio en la Plaza de San Diego, s/n, 28801-Alcalá de Henares (Madrid), actuando en nombre y representación de esta Universidad, conforme a la Resolución de nombramiento de fecha 25 de marzo de 2022 y conforme a las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector Magnífico (Resolución de 29 de marzo de 2022, BOCM n.º 94, de 21 de abril de 2022). Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prórroga y al efecto
EXPONEN