Resolución de 5 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se modifica el Reglamento de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración.
Article 4Régimen jurídico y principios
1. El Consejo de Administración es el órgano de gobierno colegiado de la Autoridad Portuaria de Valencia que ejerce las competencias que le atribuye el TRLPEMM.
2. En todo lo no previsto en este Reglamento, será de aplicación el TRLPEMM, la LRJSP, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y en cuanto a su composición, el Decreto 167/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se determina la composición de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Alicante, Castellón de la Plana y Valencia o norma que lo sustituya.
3. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia desarrollará sus funciones atendiendo en todo momento a la salvaguarda del interés de la Autoridad Portuaria de Valencia y al fomento de la responsabilidad social corporativa de este Organismo público, tratando de conciliar el desarrollo de las funciones de la entidad con los legítimos intereses de su personal, las empresas que desarrollan su actividad en los puertos de Valencia, Sagunto y Gandía, así como el impacto de las actividades de la Autoridad Portuaria en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.