Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo franja para el colectivo de tracción de Captrain España, SAU.
Article 5Compensación y Absorción
Las percepciones económicas cuantificadas en el presente convenio tendrán el carácter de mínimas en su ámbito de aplicación. A la entrada en vigor de este convenio o disposición legal aplicable, la Empresa podrá absorber y compensar los aumentos o mejoras que contengan, de las percepciones económicas realmente abonadas a las personas trabajadoras siempre que se trate de conceptos homogéneos, que respondan a una misma causa y resulten superiores en su conjunto y cómputo anual. La absorción y compensación sólo se podrán efectuar comparando globalmente conceptos de naturaleza salarial y extrasalarial y en cómputo anual.
Clasificación Profesional y funciones