Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo WFS Ground Handling.
Article 63Plan de pensiones Loreto
Se acuerda concertar un Plan colectivo de Pensiones con Loreto Mutua, para aquellos trabajadores que no lo tengan concertado con anterioridad, con un sistema de aportaciones financiado en la proporción del 50 por 100 por parte de la Empresa y el otro 50 por 100 por cada trabajador. La aportación de la Empresa en las cuotas individuales queda fijada en el importe de 10 euros/mes, cantidad que será, asimismo, aportada por el trabajador, aunque ambas aportaciones las realizará la empresa para dar cumplimiento al 0,4 % pactado como incremento. La empresa reflejará ambas aportaciones en la nómina mensual, pero no descontará retribución alguna de la misma por dichas aportaciones a Loreto Mutua. Aquellos trabajadores que actualmente tienen ya concertado el Plan con Loreto Mutua, como garantía ad personam derivada de su subrogación, seguirán percibiendo de la Empresa las cuantías correspondientes, que se incrementarán en un 0,4 % con efectos de 1 de enero de 2024. La empresa reflejará ambas aportaciones en el recibo de haberes, pero no descontará retribución alguna por la diferencia de dicho incremento en dichas aportaciones.