Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo del Grupo Enagás.
Article 36Acciones de formación
1. En cada uno de los Programas de Formación se planificarán diferentes acciones para dar respuesta a los objetivos previamente establecidos.
2. Las acciones de formación podrán ser impartidas con medios propios del Grupo Enagás o por entidades colaboradoras externas.
3. Los participantes en una acción de formación estarán obligados a entregar a la Dirección los certificados de asistencia y resultados si hubiera, así como un informe técnico y la documentación pertinente.
4. Los cursos de formación se realizarán en el propio centro cuando fuese posible, intentando adaptar los horarios para que todo el personal, incluyendo el personal a turnos, pueda asistir a los mismos.
5. La Dirección, con el informe favorable del superior jerárquico, podrá colaborar económicamente con los trabajadores que realicen cursos de formación impartidos por Organismos Oficiales y respondan a alguna de las áreas de actuación a que se refiere el artículo 35, dentro del contexto del Plan anual de Formación.