Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de grado y máster en la Delegación del Gobierno y en las Subdelegaciones del Gobierno en Castilla y León.
Annex I
Deberes de los estudiantes en prácticas El estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes: – Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidad. – Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la Delegación del Gobierno bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad. – Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos. – Incorporarse a la Delegación del Gobierno en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma. – Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la Delegación del Gobierno conforme a las líneas establecidas en el mismo. – Elaborar la memoria final de las prácticas una vez finalizado el período de prácticas, que entregará a su tutor académico, en la que deben recogerse las circunstancias relativas a la realización de las prácticas, atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio. – Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la Delegación del Gobierno y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta. – Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia las actividades desarrolladas en la Delegación del Gobierno salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece. – Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse de común acuerdo entre Delegación del Gobierno y la Universidad. Firmado: El/la estudiante, don/doña