🇪🇸 Spain
Resolución 2 units

Resolución de 24 de abril de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Instituto Valenciano de Estadística, sobre cooperación estadística e intercambio de información.

X 8897/boees-x-boe-a-2024-8897May 2, 2024

  1. Annex UNICO
  2. Annex section primero Apartado primero. Que las Partes conscientes de la importancia de mantener y reforzar las relaciones de cooperación estadística y el intercambio de información de acuerdo con lo establecido en sus respectivas leyes de estadística, de la forma más adecuada para el beneficio mutuo, y, sobre todo de los usuarios de las estadísticas oficiales estatales y autonómicas, suscribieron en 2020 un convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información que ha venido desarrollándose de forma satisfactoria para ambas partes y cuya vigencia ha finalizado. Segundo. Que la experiencia adquirida en el desarrollo del citado convenio aconseja la continuidad de esta cooperación y el mantenimiento, de mutuo acuerdo, de cauces operativos idóneos para el intercambio de la información que deba realizarse para facilitar la realización de las estadísticas que les asigna el Plan Estadístico Nacional y el Plan Valenciano de Estadística, respectivamente. Tercero. Que la existencia de un interés mutuo del Estado y de la Generalitat en materia estadística, determina la conveniencia de coordinar la actividad estatal y autonómica al respecto, toda vez que el Estado goza de competencia exclusiva sobre estadísticas para fines estatales, según el artículo 149.1.31.ª de la Constitución, y la Generalitat valenciana tiene competencia exclusiva sobre estadística de interés de la Generalitat, según el artículo 49.1.32 de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Cuarto. Que la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, establece en el artículo 26.r) que al Instituto Nacional de Estadística le corresponde «La celebración de acuerdos y convenios con otras Administraciones públicas en lo relativo a las estadísticas que tengan encomendadas». Asimismo, el artículo 41.1 de la misma norma recoge que «Los servicios estadísticos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios relativos al desarrollo de operaciones estadísticas cuando ello convenga para el perfeccionamiento y eficacia de las mismas o para evitar duplicidades y gastos». Quinto. Que la Ley 5/1990, de 7 de junio de 1990, de la Generalitat Valenciana, de estadística de la Comunidad Valenciana, establece en su artículo 10.1 que, en materia estadística corresponde al Instituto Valenciano de Estadística la representación de la Generalitat ante las demás Administraciones públicas. Así mismo su artículo 10.2 prevé que el Instituto Valenciano de Estadística podrá establecer convenios de cooperación con otras Administraciones públicas, suscritos, en su caso, con los correspondientes organismos de estadística. Por todo ello, deciden suscribir el presente convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información que tiene naturaleza de convenio marco al establecer unos compromisos iniciales que pueden dar lugar a la suscripción de convenios específicos entre las Partes y que se rige por las siguientes