Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo estatal para la acuicultura.
Article 24Plus de disponibilidad
Para quienes después de su jornada laboral aceptasen estar a disposición permanente y a una distancia máxima del puesto de trabajo no superior a 50 Km y portar un teléfono móvil para su localización y asistencia, percibirán la cantidad de 88,86 euros mensuales por dicha disponibilidad, si de ello se produjese el tener que desplazarse y desarrollar labor, dicho tiempo empleado se le compensara a la persona trabajadora como horas extras. Pudiendo rotar las personas trabajadoras afectas a dicha disponibilidad en razón a acuerdos con la empresa. El Plus disponibilidad solo lo percibirán las personas trabajadoras designadas. En dicha cantidad no estarán incluidos los gastos de locomoción de desplazamiento al centro de trabajo en caso de necesidad.