Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo de Logifruit Iberia, SLU.
Article 55Disposición adicional única. Representatividad y Legitimidad en la negociación del convenio
Para hacer constar que el presente convenio colectivo, ha sido suscrito por la representación legal de la empresa Logifruit Iberia, SLU, y por los/as Delegados/as de Personal, representantes de los trabajadores pertenecientes al Comité de Empresa. Las partes firmantes de este convenio colectivo, se reconocen y tienen la representatividad y legitimidad necesaria para la negociación y firma en el ámbito territorial y funcional y personal de este convenio colectivo, a los efectos determinados en el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores y en consecuencia aprueban el texto del presente convenio colectivo para el periodo 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2028.