Annex section primeroApartado primero. Modificación
Modificar el párrafo tercero de la estipulación vigésima del convenio, quedando redactada de la siguiente forma: «Vigésima. Cotizaciones Seguridad Social. La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes. La colaboración tendrá la consideración de programas de formación o realización de prácticas no laborales y académicas, de carácter no remunerado. De conformidad con la Disposición adicional 52.ª4.b) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social se acuerda que el cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas en el Consorcio Casa África corresponderá a la Universidad Carlos III de Madrid, en su condición de centro de formación responsable de la oferta formativa, así como le corresponderá realizar las demás actuaciones administrativas que sean necesarias para su cumplimiento.»
Annex section segundoApartado segundo. Eficacia
De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda surtirá efectos una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», conservando su vigencia durante el tiempo que esté vigente el convenio que modifica. Que el convenio objeto de esta adenda mantendrá inalterado el resto de su contenido. Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman el presente convenio en sus respectivas sedes, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por la Universidad Carlos III de Madrid, el Rector, por delegación de firma (Resolución del Rector de 22 de junio de 2023) el Secretario General, José Vida Fernández.–Por el Consorcio Casa África, el Director General, José Segura Clavell. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid