Resolución de 29 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas.
Annex UNICO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias, de Burgos y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE n.º 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE n.º 246, de 14 de octubre de 2005), y a los efectos del presente convenio también en representación del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos, creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por la Orden SAS/2007/2009, de 20 de julio. De otra parte, don Fernando Enrique García Muiña, Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC), con CIF Q2803011B y domicilio en c/ Tulipán, s/n, 28933 Móstoles (Madrid), en su nombre y representación, según Resolución de nombramiento del Rector de fecha 13 de enero de 2023 y según las competencias que tiene atribuidas por Resolución de delegación de competencias del Rector de la URJC de fecha 13 de enero de 2023. Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y prórroga y al efecto,
EXPONEN