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Resolución 2 units
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 para el fortalecimiento de la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030.
X 9141/boees-x-boe-a-2024-9141May 7, 2024
- Annex UNICO
- Annex section primero Apartado primero. Que con fecha 9 de mayo de 2023 se suscribió el convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP para instrumentar la subvención prevista nominativamente en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (BOE n.º 308 de 24 de diciembre de 2022) por importe de 600.000,00 euros para la realización de actuaciones de fortalecimiento de la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030 y con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.483 del presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 para 2023. Segundo. Que el convenio tiene por objeto la financiación de actuaciones dirigidas a la localización e implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 en el ámbito local, prestando especial atención al fortalecimiento de la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030, al desarrollo de recursos y generación de conocimiento para la alineación de las políticas públicas de las Entidades Locales con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a la visibilización y puesta en valor de la acción local en la implementación de la Agenda 2030. Tercero. Que en la cláusula decimotercera del convenio se dispone un plazo de vigencia desde la fecha de su firma y hasta la fecha en la que la FEMP finalice las actividades de justificación señaladas en su cláusula octava, estipulando que la fecha de finalización de las actividades previstas en la cláusula quinta del convenio será de doce meses a partir de su firma. Cuarto. Que el desarrollo de algunas de las actuaciones previstas en la cláusula quinta del convenio ha requerido articular un proceso de contratación externa que conlleva licitaciones, las cuales requieren considerar y contemplar aspectos de mejora que posibiliten una mayor calidad de éstas. Por otro lado, en el diseño de las actuaciones del convenio se ha tenido en cuenta la complementariedad y coordinación entre dichas actuaciones, de cara al establecimiento de sinergias y para garantizar su máximo impacto. Por este motivo, hay actuaciones que, en aras de la eficiencia resultaría más conveniente realizarlas una vez finalizadas otras. Y que, por todo lo anterior, se requiere disponer de un mayor tiempo de ejecución del previsto en el convenio para concluir las siguientes actuaciones: