Resolución de 29 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Asociación de Vecinos Cultural y de Desarrollo Socioeconómico y de Consumidores ZOES de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
Annex UNICO
Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Entidad Asociación de Vecinos Cultural y de Desarrollo Socioeconómico y de Consumidores ZOES de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre, (BOE núm. 310, de 28 de diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre (BOE núm. 246 de 14 de octubre de 2005), y a los efectos de la presente adenda de modificación también en representación del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca creado bajo la dependencia orgánica y funcional del Imserso por Orden de 7 se septiembre de 1982. Y de otra parte, doña María Inmaculada Cid López, en calidad de Presidenta y Representante Legal de la entidad Asociación de Vecinos Cultural y de Desarrollo Socioeconómico y de Consumidores ZOES, (en adelante Asociación ZOES), con domicilio en la calle Valle Inclán, 8, bajo, 37007, Salamanca y CIF G-37034923, en nombre y representación de la misma, con poderes según la Resolución de inscripción de los titulares de la junta directiva u órgano de representación en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 21 de marzo de 2014. Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de modificación y al efecto,
EXPONEN