Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022.
Article 33Hechos causantes anteriores a la vigencia del convenio
1. La aplicación de este convenio otorgará derecho a prestaciones por contingencias acaecidas con anterioridad a la fecha de su entrada en vigor. Sin embargo, el abono de las mismas no se efectuaría, en ningún caso, por periodos anteriores a su vigencia.
2. Las pensiones que hayan sido liquidadas por una o ambas Partes Contratantes o los derechos a prestaciones que hayan sido denegados antes de la entrada en vigor de este convenio, podrán ser revisados al amparo del mismo y, de acuerdo con el procedimiento legal establecido en cada Parte Contratante, a petición de los interesados. El derecho se adquirirá desde la fecha de la solicitud, salvo disposición más favorable de la legislación de esa Parte Contratante.
3. La revisión prevista en el apartado 2 de este artículo, no procederá cuando la misma contingencia hubiera dado lugar al abono de una indemnización o pago único.
Disposiciones finales