Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas, para el curso 2023/2024.
Annex I
Estudios universitarios para las becas de estudio Los estudios universitarios objeto de las becas de estudio serán los siguientes:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y a títulos oficiales de Máster.
b) Enseñanzas artísticas superiores.
c) Planes de estudio unitarios que conduzcan a la obtención simultánea de dos títulos de los enunciados en este anexo, establecidos por las Universidades correspondientes.
d) Créditos complementarios para la obtención del título de Grado, así como los complementos de formación para acceso u obtención de los títulos oficiales de Máster.
Quedan incluidas las titulaciones consideradas como equivalentes a Grado o a Máster oficial, a cualquier efecto, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Los estudios de Máster de 60 créditos se entenderán que se realizan en un curso y los de 120 créditos en dos. Quedan excluidas las enseñanzas universitarias conducentes a:
a) Obtención de títulos oficiales de Doctorado.
b) Estudios de especialización y títulos propios de las Universidades, excepto los declarados equivalentes a títulos universitarios oficiales por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
c) Enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de menciones, especializaciones y títulos de postgrado semejantes que no sean títulos oficiales de Máster.