Annex section primeroApartado primero. Modificación de la Resolución de 8 de abril de 2021, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración
El apartado primero de la Resolución de 8 de abril de 2021, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración queda redactado de la siguiente forma: «Primero. Aprobación del modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por el deber de secreto profesional. A los efectos del apartado 4.b).1.º del artículo 45 del RGAT, y de acuerdo con el apartado 1 de la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se aprueba el modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por el deber de secreto profesional, que figura en el anexo I de la presente resolución. Esta comunicación es una obligación de información entre particulares, es decir, el intermediario eximido deberá remitirla a sus clientes, ya sean otros intermediarios que intervengan en el mecanismo o los propios obligados tributarios interesados, sin que deba dirigirse a la Administración Tributaria. Serán válidos también, aquellos formularios o comunicaciones que, ajustados al contenido del modelo que aprueba la presente resolución, respondan a un formato diferente.»
Annex section segundoApartado segundo. Sustitución de anexos
Se sustituye el anexo I de la Resolución de 8 de abril de 2021, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración, por el que figura como anexo a esta resolución.
Annex section terceroApartado tercero. Eficacia y aplicabilidad
La presente resolución producirá efecto desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 8 de mayo de 2024.–La Directora del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Rosa María Prieto del Rey.
Annex UNICO
Comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal de secreto profesional Análisis
ANÁLISIS
Rango: Resolución Fecha de disposición: 08/05/2024 Fecha de publicación: 17/05/2024 Fecha de entrada en vigor: 18/05/2024 Referencias anteriores MODIFICA el apartado 1 y SUSTITUYE el anexo I de la Resolución de 8 de abril de 2021 (Ref.
BOE-A-2021-5781
). DE CONFORMIDAD con el art. 45.4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Ref.
BOE-A-2007-15984
). Materias Agencia Estatal de la Administración Tributaria Comunicaciones Formularios administrativos Información tributaria Recaudación subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid