Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Article 72
In force · version of Jan 1, 2026
Artículo 72. Devengo.
La tasa se devengará al expedirse los títulos. No obstante, su pago será exigible al solicitar la expedición del documento.