Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Banco de España.
Article 25Definiciones del grupo administrativo
Dentro de este grupo se incluyen los siguientes cometidos: Personal Oficial administrativo (niveles 3 a 1): quien, con conocimientos bancarios y administrativos teóricos y prácticos, de tipo medio, realicen toda clase de funciones o trabajos bancarios y contables y administrativos de nivel medio. Personal Oficial de oficina técnica (niveles 3 a 1): quien estando ya formado en la elaboración y edición electrónica de documentos de contenido económico en los que los datos son presentados en forma de gráficos y cuadros, o en el conocimiento y manejo de diseño gráfico asistido por ordenador. Personal Auxiliar administrativo de oficina (niveles 5 a 4): quien, con conocimientos bancarios y administrativos teóricos y prácticos, de tipo básico, realizan trabajos bancarios, contables, administrativos y de oficina de acuerdo a los procedimientos establecidos. Personal Auxiliar de caja (niveles 5 a 4): quien con conocimientos bancarios y del efectivo realizan, los trabajos administrativos relacionados con la operativa del efectivo propios de las competencias y funciones del Banco de España.