Decreto 163/2026, de 9 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
Article 21Funciones y especialización
1. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad estará especializado en uno o varios de los distintos ámbitos de la actividad universitaria, y contará con la cualificación necesaria para asegurar un desempeño plenamente eficaz y eficiente.
2. La determinación de las funciones y perfiles de tales actividades, así como la cualificación necesaria, será aprobada por el Consejo de Gobierno, en los términos establecidos en el marco de la negociación colectiva que corresponda.