Decreto 163/2026, de 9 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
Article 39Relación de puestos de trabajo
1. El Consejo de Gobierno, atendiendo a criterios de eficacia, aprobará la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador, así como sus modificaciones por ampliación, minoración, amortización o cambio de denominación de puestos con base en las normas de desarrollo, ejecución y control de los presupuestos de la universidad. La aprobación final de la relación de puestos de trabajo corresponderá a la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La relación de puestos de trabajo del profesorado incluirá la referencia de todos los puestos, tanto del personal funcionario como del personal docente e investigador con contrato laboral, que se clasificarán y ordenarán reflejando los siguientes aspectos:
a) El código de identificación de cada puesto.
b) La categoría académica.
c) Ámbito de conocimiento, departamento y localidad a la que se adscribe. También aparecerá el centro de adscripción, sin perjuicio de la posible concurrencia de prestación de servicios en varios de la misma localidad.
d) La clave indicativa del complemento de destino y complemento específico, en su caso.
e) Otras especificaciones que requieran determinados puestos, consignando, si fuera el caso, las situaciones administrativas que afecten a su titular.