Decreto 163/2026, de 9 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
Article 54Principios generales de actuación
El desarrollo de las actividades de la Universidad de Extremadura se regirá, en particular, por los siguientes principios:
a) Libertad de cátedra, dentro de los márgenes de los planes de estudio y las directrices generales de organización docente, que se manifiesta en la libertad en la docencia, la investigación y el estudio.
b) Calidad de la enseñanza y la innovación docente.
c) Participación de la comunidad universitaria en la elaboración, seguimiento y actualización de las enseñanzas.
d) Fomento de la internacionalización de actividades y funciones.
e) Plena inclusión: enseñanzas en materia de igualdad de género, accesibilidad universal, respeto a las minorías y a la diversidad, así como el emprendimiento, la empleabilidad y la sostenibilidad.
f) Promoción y fomento de la investigación, así como de la transferencia y difusión en todos los ámbitos del conocimiento: científico, tecnológico, social, humanístico, cultural y de creación artística.
g) Impulso de la formación del personal investigador en el ámbito de la investigación básica y aplicada.
h) Promoción del carácter interdisciplinar, multidisciplinar y transdisciplinar de la investigación y del conocimiento.
Docencia y proceso de enseñanza-aprendizaje