Resolución de 14 de septiembre de 2026, del Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera, para la gestión compartida del uso del centro de formación, cultura y desarrollo «Espacio Valdeavellano» con fines formativos.
Annex UNICO
Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera, para la gestión compartida del uso del centro de formación, cultura y desarrollo «Espacio Valdeavellano» con fines formativos
REUNIDOS
De una parte, doña Lorena González Olivares, Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, O.A. (en adelante, INAP), con NIF Q2811002A, y con sede principal en la calle de Atocha, núm. 106, de Madrid, España, nombrada mediante Real Decreto 626/2026, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 177, de 22 de julio), facultada para este acto de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2, apartados c), e) y f), del Estatuto del INAP, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril. De otra parte, don Benito Serrano Mata, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Soria (en lo sucesivo, la Diputación de Soria, con NIF P-4200000J), actuando como Presidente de esta, en virtud de nombramiento de 26 de junio de 2019, y en su representación, en congruencia con el artículo 34.1.b) la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Y de otra parte, Laura Prieto Arribas, Alcaldesa del Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera (en lo sucesivo, el Ayuntamiento, con NIF P-4230400F), de conformidad con el juramento prestado en fecha 17 de junio del 2023 (de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas) y en representación del indicado Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Actuando las partes en razón a sus respectivas competencias, y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las Entidades que representan,
EXPONEN