Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.
Article 33Salarios
Son retribuciones salariales las remuneraciones económicas del personal contratado en dinero o en especie que reciben por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. – Conceptos que comprenden las retribuciones salariales: ● Salario base. ● Complementos salariales: Plus de antigüedad, Complemento Antigüedad, Complemento de Trabajo Nocturno, Plus Festivos y Horas Extraordinarias. – Conceptos no salariales: ● Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, o asimiladas a éstas. ● Las indemnizaciones, compensaciones o suplidos por gastos que hubieran de realizarse por el personal contratado para la realización de su actividad laboral, tales como Quebranto de Moneda, Prendas de Trabajo, plus de distancia, gastos de viajes o locomoción, estancia, etc., así como cualquier otra de ésta o similar naturaleza u objeto. ● Las indemnizaciones por ceses, desplazamientos, traslados, suspensiones o despidos.