Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio.
Article 6Garantías ad personam
El convenio no afectará las situaciones personales que con carácter global excedan del pacto, entendidas como cantidades líquidas y mantenidas estrictamente «ad personam. El convenio no afectará las condiciones más beneficiosas que vengan establecidas por disposición legal o costumbre inveterada.
Comisión Paritaria