Annex section primeroApartado primero. Objeto
Esta resolución tiene por objeto la creación de la sede electrónica de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Annex section segundoApartado segundo. Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de la sede electrónica se extiende a todos los órganos y unidades de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial.
Annex section terceroApartado tercero. Contenido y servicios de la sede electrónica
1. La sede electrónica pondrá a disposición de las personas interesadas, al menos, el contenido y servicios establecidos por el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
En concreto, contendrá todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran mecanismos de autenticación de los ciudadanos, en sus relaciones con la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, en el ámbito administrativo. También se podrán incluir en la sede electrónica otros contenidos por razones de transparencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios.
2. Los procedimientos y servicios de que disponga la sede electrónica podrán verse ampliados o modificados, comunicándose a través de la propia sede.
Annex section cuartoApartado cuarto. Adecuación a principios y criterios establecidos en la normativa general
La información y los servicios publicados en la sede electrónica respetarán los principios de accesibilidad y uso establecidos en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, deberán respetar los criterios de seguridad e interoperabilidad que se derivan de la citada ley y del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, así como en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica.
Annex section quintoApartado quinto. Dirección electrónica de la sede
La dirección electrónica de la sede electrónica de Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial será: https://sede.sepides.gob.es, y estará enlazada desde el portal de internet https://www.sepides.es.
Annex section sextoApartado sexto. Titularidad y gestión
1. La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Presidencia de la entidad, que será responsable de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios de ésta.
2. La gestión tecnológica de la sede corresponde a la Dirección de Sistemas de Información de la entidad.
3. La responsabilidad de la gestión de los contenidos y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede corresponde a los titulares de los distintos órganos, de acuerdo con las competencias atribuidas a cada uno de ellos por los estatutos de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, aprobados por el Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre.
4. La gestión de los contenidos comunes de la sede y la coordinación con los servicios de los distintos órganos de la entidad corresponde a la Secretaría General y Dirección de Asesoría Jurídica.
Annex section séptimoApartado séptimo. Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos
La Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial prestará asistencia para facilitar el acceso de las personas interesadas a los servicios proporcionados en su sede electrónica a través de los siguientes canales:
a) Presencial, a través de las oficinas de la entidad.
b) Para el acceso electrónico, a través de internet, bien a través del portal de internet https://www.sepides.es, o bien directamente en la dirección electrónica de la sede electrónica.
c) A través de los teléfonos publicados en la propia sede electrónica, así como a través de los servicios de información generales o 060.
d) Correo electrónico publicado en la propia sede electrónica.
e) Cualquier otro canal que pueda establecerse de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Annex section octavoApartado octavo. Medios para la formulación de sugerencias y quejas
Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la sede electrónica que se crea por la presente resolución son los siguientes:
a) Presentación presencial o por correo postal, dirigidas a la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, ante los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
b) Presentación telemática a través de la sede electrónica de la entidad.
No se considerarán medios para la formulación de sugerencias y quejas los servicios de asesoramiento electrónico a las personas usuarias para la correcta utilización de la sede, sin perjuicio de su obligación, cuando exista, de atender los problemas que susciten los ciudadanos.
Annex section novenoApartado noveno. Adaptación de determinadas características de la sede electrónica
Podrán adaptarse, mediante resolución de la persona titular de la Presidencia de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, las siguientes características:
a) La dirección electrónica que figura en la presente resolución.
b) La denominación de los órganos responsables, cuando deriven de reordenaciones organizativas.
c) La relación y características de los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede.
d) Cualquier otra característica que no sea de consignación obligatoria conforme a lo previsto en el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Annex section décimoApartado décimo. No incremento de gasto público
La aplicación de lo dispuesto en esta resolución no implicará incremento de gasto. El funcionamiento de esta sede será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la entidad.
Annex section undécimoApartado undécimo. Puesta en funcionamiento y régimen transitorio
1. La sede electrónica que se crea en esta resolución comenzará a operar en el plazo máximo de seis meses, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los formularios y procedimientos se incorporarán paulatinamente, a medida que estén disponibles, quedando reflejados en la propia sede electrónica.
3. La puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la entidad se publicará en el directorio de la sede electrónica del Punto de Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado.
Annex section duodécimoApartado duodécimo. Eficacia
La presente resolución tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 2 de octubre de 2026.–El Presidente de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, E.P.E., Francisco Javier Rosell Pérez. Análisis
ANÁLISIS
Rango: Resolución Fecha de disposición: 02/10/2026 Fecha de publicación: 13/10/2026 Materias Administración electrónica Desarrollo industrial Empresas públicas Internet Ministerio de Hacienda Organización de la Administración del Estado subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid