🇪🇸 Spain
Resolución 3 units

Resolución de 7 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Autoridad Portuaria de Barcelona, para el intercambio de información en materia de movilidad, transporte, calidad ambiental y acceso a las bases de datos.

X 21390/boees-x-boe-a-2026-21390Oct 14, 2026

  1. Annex UNICO
  2. Annex section primero Apartado primero. El Ministerio del Interior, a través de la JCT, tiene atribuidas las competencias recogidas en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El artículo 12.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, detalla que corresponden a la Dirección General de Tráfico, a través de la cual el Ministerio ejerce sus competencias sobre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, entre otras, las siguientes funciones:
  3. Annex section sexto Apartado sexto. Uno de los factores que inciden en la movilidad segura y sostenible, objetivo prioritario de la JCT y de la Autoridad Portuaria de Barcelona es el estado en que se encuentran los vehículos, así como diversas actuaciones en cuanto a la gestión de la seguridad vial, que pueden abarcar desde auditorías sobre la seguridad en las infraestructuras viarias hasta la gestión de la movilidad, en cuanto a tipología de vehículos por sus diversas características técnicas, o del resto de usuarios de la vía, y respetuosa con el medio ambiente. Por lo tanto, la JCT puede hacer uso de los medios que le sean propios para garantizar que el resto de administraciones con competencias en cuanto a tráfico, movilidad y transporte puedan ejercer las competencias que tienen atribuidas en estas materias. Para tal objetivo, la JCT pone a disposición de dichas administraciones la figura del Registro de Vehículos gestionado por la Dirección General de Tráfico. Séptimo. La Autoridad Portuaria de Barcelona requiere información sobre determinados datos relacionados con el desempeño medioambiental de los vehículos que constan en el Registro de Vehículos gestionado por la Dirección General de Tráfico, para el desarrollo de las funciones y en el ejercicio de las competencias que tiene encomendadas en su ámbito territorial. En aplicación de los principios de eficiencia y servicio a la ciudadanía que han de regir su actuación, ambas partes consideran necesario regular las condiciones de dicho intercambio y suministro, que se producirá utilizando exclusivamente medios informáticos o telemáticos y con salvaguarda de las garantías y los derechos que les asisten a los ciudadanos en relación con sus datos personales en poder de la Administración. Así, pues, en el ejercicio de sus competencias, ambas partes deciden suscribir el presente convenio con el beneficio que supondrá la utilización de los datos contenidos en el Registro de Vehículos de la JCT por la Autoridad Portuaria de Barcelona en la aplicación de actuaciones tendentes a la mejora de la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático y que se regirá por las siguientes