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Resolución de 22 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 1 a inscribir un decreto de adjudicación y el correspondiente mandamiento de cancelación dictados en un procedimiento de ejecución hipotecaria.
X 21727/boees-x-boe-a-2026-21727Oct 19, 2026
- Annex section primero Apartado primero. Improcedencia del defecto primero: inexistencia de incongruencia entre el sobrante y las cantidades pendientes de cubrir
- Annex section segundo Apartado segundo. Improcedencia del defecto segundo: las notificaciones a arrendatarios ya constan acreditadas en el propio mandamiento
- Annex section tercero Apartado tercero. Improcedencia del defecto tercero: la calificación conjunta del mandamiento y el decreto no puede quedar indefinidamente bloqueada por defectos subsanables del decreto