Resolución de 6 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de trabajo de Carglass, SLU.
Article 2Ámbito personal, funcional y territorial
El convenio colectivo establece las normas básicas que regulan las condiciones de trabajo de Carglass, cuya actividad consiste en la reparación, sustitución y calibración de lunas y parabrisas para todo tipo de vehículos. Este convenio colectivo será aplicable a la totalidad del personal de la empresa vinculado por relación laboral común. Quedan expresamente excluido el personal a que se refieren los artículos 1.3 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores («Estatuto de los Trabajadores»), sin perjuicio de los derechos mínimos legales y convencionales que puedan corresponderles. Asimismo, el presente convenio será de aplicación a todos los centros de trabajo que la empresa tiene establecidos o que se establezcan en el futuro en todo el territorio del Estado español.